Del plano al plan: los planes de urbanismo

Cuando se habla de urbanismo suele pensarse casi inmediatamente en un plano: el plano de la ciudad. Sin embargo, ¿es necesario el plano para hacer urbanismo?
En realidad, el urbanismo, como veíamos en la anterior entrada, es mucho más que un plano. La expresión correcta cuando pasamos del concepto de urbanismo a la acción urbanística no es tanto hacer un plano como tener un plan. Entendiendo aquí la palabra "plan" en su acepción común (plan de acción, por ejemplo): "Programa de cosas que se piensan hacer y de cómo se piensa hacerlas" (María Moliner).
El plano, en realidad, es una parte del plan, un instrumento del "plan de acción" que se considera necesario "tener". Una parte, sin embargo, casi tan esencial como la que desempeña el texto en las leyes. En este sentido, el plano es un tipo de lenguaje que se revela necesario a la hora de planificar acciones y decisiones sobre el terreno. Pero el plano no hace el plan, sino a la inversa: el plan "utiliza" en una medida significativa el (lenguaje del) plano; aunque también el lenguaje escrito, como veremos más adelante.
El "plan de acción" (concepto común) que demanda la ciudad, concretando ahora más el concepto, se suele traducir en un "plan de urbanismo". Pero no siempre se hizo el urbanismo con un plan de urbanismo. Hasta mediados del siglo pasado el urbanismo se hizo uniendo "piezas" de disciplinas diferentes. Por ejemplo, era común que hubiera un plano de la ciudad sobre el que se dibujaba el resultado final de la acción urbanística; plano que dibujaban los arquitectos. Pero luego entraban los ingenieros con sus estudios de costes (de apertura de calles, por ejemplo), de capacidad de las redes de abastecimiento, etc.; estudios que formaban parte de una fase distinta del plan de urbanismo. A la vez, era necesario preparar el terreno legal dictando normas y decretos, incluso leyes, que ampararan las expropiaciones necesarias para poder ejecutar las obras urbanas que iban a transformar el suelo y que, simultáneamente, defendieran los derechos de los propietarios que se veían afectados por las obras urbanas. Esto corría a cargo de los juristas, los parlamentos, incluso los economistas. Finalmente, llegaba el momento (otra fase) de presupuestar y ejecutar las obras, que no consistían siempre en hacer calles y dotar de redes, sino que podían incluir plantaciones de parques, e incluso ejecución de edificios públicos que iban a ser el germen de barrios nuevos.
El caso más paradigmático de todo este entramado de documentos de proyecto, estudios técnicos, legislación, normas, presupuestos, etc. fueron en España los planes de ensanche de las ciudades de Madrid y Barcelona.
En la siguiente entrada haremos referencia a ellos como precursores y, quizás, incluso catalizadores, de lo que serían los primeros planes de urbanismo, ya en el siglo XX.

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